martes, 12 de enero de 2010

LA SALUD EN MANOS DE IOMA: UNA PELICULA DE TERROR

El Instituto de Obra Médico Asistencial, es una Obra Social, iniciada allá por 1956 mediante Decreto 12.739, concretándose mediante éste acto de gobierno, el antecedente inmediato para la creación de IOMA.-

Cómo lleva adelante el resguardo del derecho a la salud, ésta obra asistencial? Bueno en numerosísimas oportunidades, sus afiliados, se han visto en la situación emergente de tener que concurrir a la justicia, mediante la interposición de Recurso de AMPARO, debido a que la Obra Social, bajo variados pretextos, no daba cobertura, a los tratamientos solicitados, dejando en una situación total de indefensión al afiliado-paciente, en muchos casos, ante enfermedades crónicas, e inclusive, negado dar una cobertura a tratamientos, estudios, medicaciones, que sólo disminuyen los efectos de una enfermedad, pero que no la curan...aún en situaciones extremas, quedando el afiliado suplicando una medicación para no soporar demasiados padeceres, aun antes de su muerte.- Y en ésto de no dar cobertura, bajo pretexto de no figurar la prestación en el Programa Médico Obligatorio ( PMO), o bien contestando amparos judiciales, en donde "la cobertura de la prestación pone en peligro la estructura económica del Instituto" ( que el afiliado empeore o tenga las peores de las consecuencias irreversibles no les importa...).-

Tambien, en otra maniobra que atenta gravemente contra el derecho a la salud del afiliado-paciente, es cuando a través de vías de reintegro, se le dice dar una cobertura al 100% de la prestación requerida....fijándo el propio Instituto, el valor que tiene tal prestación....y en la realidad de los hechos, sucede que el paciente, paga primero una atención médica, o estudio, tratamiento, intervención etc., y luego cuando el Instituto le reintegra lo pagado, recibe en mano una suma mucho menor a la que realmente pagó, aduciendo que el prestador médico a la cual concurrió el afiliado, le sobrefacturó la prestación..- Para ser explicativo de lo expuesto, acudamos al ejemplo: paciente que necesita de un determinado estudio, y concurre a una clínica y paga por dicha prestación la suma de 800 pesos; luego concurre a recibir el reintegro por parte de la Obra Social, quein previamente le habia comunicado que le devolvería el 100% de lo gastado, y sorpresivamente, le devuelve la suma de 270 pesos...aduciendo la Obra Social, que el precio real es de pesos 270....pero cuando uno le pide algún prestador médico por esos precios: la obra social no los tiene¡¡¡¡...pero no en todos los casos es así...en algunos casos, si cuentan con especialistas a bajo precio: pero carecen totalmente de experiencia en el asunto, entonces el negocio queda conformado de la siguiente manera: Profesional médico inexperto a bajo precio, y Obra Social que economiza...resultado: paciente negligentemente tratado o lo que es lo mismo decir, "la garantía del derecho a la salud, queda relegada ineludiblemente a segundo plano por cuestiones económicas".-

Otra de las formas de operar, sólo por el hecho de evitar acciones de amparos judiciales y asi evitar mayores costos, es la denominada "vía de excepción".- Usualmente cuando la Obra Social a puesto en la necesidad al afiliado-paciente de tener que concurrir a la vía judicial, y el Órgano Jurisdiccional concluye la acción condenando al IOMA al pago íntegro de la prestación solicitada y con imposición de costas a la obra social vencida, acepta éste Instituto, cubrir la prestación solicitada, para así evitar un amparo judicial.- Dicta así, Resoluciones, en donde establece cuales son los requisitos, para poder "autorizar" la prestación y pone finalmente el precio de lo que vale la intervención.....( precio muy bajo que hace que en muchos caso uno termine siendo intervenido por profesionales de baja o nula experiencia en el asunto)...pero ahí no termina la cosa...uno debe esperar dicha "autorización"...a lo largo del tiempo, aunque la patología avance, a IOMA NO LE INTERESA, todos quedan supeditado a los designios y tiempos ajenos ante casos graves de salud....-

EL AFILIADO-PACIENTE: UN REHÉN DEL SISTEMA:

Voy a pasar a exponer un caso que me afecta directamente e imagino que muchas personas afiliadas a ésta Obra Asistencial, se verán plenamente identificadas con éstos padeceres ( los padeceres que nos produce la Obra Social, no los de la patología).-

Quien suscribe se vió afectado de queratocono bilateral, sorpresivamente ( afectación visual, exactamente en la córnea), motivo por el cual comenzó a averiguar la existencia de algún tratamiento que sea altenativo al tan temido trasplante de córneas, y no hace muchos años, se introdujo en nuestro país, dos métodos que tratan de demorar la progresión de la deformación en la córnea: se trata del implante de anillos intraestomales y del crosslincking.-
Paso a explicar muy brevemente en que consiste cada uno de éstos mètodos.-

Empezare por el crosslincking: se trata de una intervención mediante el empleo de rayos ultravioleta que tratan de llevar Riboflavina ( vitamina B2) a las células que forman la córnea, con la finalidad de fortalecer su estructura, y producir la gestación de colágeno y de ésa manera demorar la progresión de la deformidad corneal y porque no...que la deformación se detenga de por vida...evitando de éste modo un posible trasplante de córnea.- Quiero aclarar que éste método, aparece como uno de los avances relevantes de la ciencia médica oftalmológica, con buenos resultados a los pacientes tratados, pero que no figura en el Programa Medico Obligatorio del Ministerio de Salud, razón por la cual, las obras sociales, alegan no estar obligadas a dar cobertura en lo mas mínimo a ésta intervención ( otra ausencia del Estado en materia de salud, que efectúa un listado de prestaciones que al día siguiente ya está desactualizado, ya que no contempla los avances científicos posteriores).-

El otro método alternativo es el implante de anillos intraestomales en la córnea.-

Es un tratamiento quirúrgico en el que se implantan dos segmentos semicirculares de espesor variable, de 5 milímetros de diámetro, y de material acrílico (Perspex CQ), el cual ha sido utilizado durante mas de 20 años en la fabricación de lentes intraoculares, y que ha demostrado ser perfectamente tolerado por el organismo, sin ningún riesgo de rechazo. Siendo el tratamiento mas seguro y menos traumático para la corrección del queratocono en determinados estadios.

En muchos casos existe una mejoría de la visión y se detiene la progresión de la enfermedad. Los pacientes con enfermedad en estados iniciales son los mas beneficiados con la cirugía. Es muy importante tratar a los pacientes lo antes posible para evitar tener que realizar un transplante de córnea.

La combinación de los anillos con la técnica de Cross-linking corneal es el mejor tratamiento para el Queratocono y otras ectasias corneales como la Degeneración Marginal Pelúcida y las iatrogénicas, consiguiendose prácticamente un 100% de éxito.

Consiguientemente, tanto el crosslincking como el implante de anillos intraestomales, no son considerados en el Programa Medico Obligatorio, razón por la cual las Obras Sociales, se niegan a dar cobertura a dichas intervenciones...por lo tanto ni el Estado, ni las obras medico asistenciales van de la mano con los avances de la ciencia en materia de salud.- IOMA, ES UNA DE LAS OBRAS SOCIALES, QUE HA SIDO CONDENADA JUDICIALMENTE A CUBRIR ÍNTEGRAMENTE, TANTO EL CROSSLINKING COMO EL IMPLANTE DE ANILLOS, CUANDO SUS AFILIADOS ACUDIERON A LA VÍA JUDICIAL LUEGO DE LA NEGATIVA POR PARTE DE ÉSTA OBRA SOCIAL.-

Razón por la cual, sólo por evitar mayores costos, IOMA, decidió "autorizar" por vía de excepción, la cobertura del implante de anillos intraestomales .- Razón por la cual, dictó la Resolución 2057/09, en donde pone los requisitos que debe presentar el afiliado paciente, para que IOMA dé cobertura a la intervención.- Entre ellos se mencionana variados estudios como ser una Tomografia de Coherencia Optica, una autorefracción computarizada con o sin corrección, topografia de la córnea, paquimetria de la córnea, y señala como indicación tener un grosor de córnea superior a 450 micras.-

IOMA fijó el precio de la intervención y procedió a firmar convenios con variados Oftalmólogos y Clinicas, muchos de ellos sin experiencia en la colocación de anillos intraestomales...total lo único q ue quería evitar IOMA era la interposición de amparos judiciales...la salud del paciente es otra cosa para ellos.-

Comencé el trámite de excepción para lograr que IOMA me autorice la intervención.- Para ello reuní todos los requisitos requeridos por la Resolución 2057/09 y presenté el mismo ante la delegación de IOMA de la ciudad de Mar del Plata, el dia 31 de agosto de 2009.- Inmediatamente fue enviado a la central de IOMA, en la ciudad de La Plata, en donde ingresa el dia 1º de setiembre en la DIRECCIÓN DE AUDITORIA Y ESTABLECIMIENTOS MEDICO ASISTENCIALES, CUYO DIRECTOR ES EL DR. MARCELO G. RELLI.-

Y EL TRAMITE FUE EL UNICO MOVIMIENTO A LA FECHA.- Alli se quedó a dormir.- Tambien es importante aclarar que la Resolución de IOMA determina por una cuestión económica de la Obra Social, que la misma autorizará promedio cuatro prestaciones de éste tipo mensuales, razón por la cual, vía telefónica, comencé a tomar contacto con IOMA La Plata, a los fines de saber cuando sería autorizado.- En setiembre me comunicaron que sería en 20 dias.- Luego me dijeron que esperase 10 dias mas.- Luego en Octubre me dijeron primera semana de noviembre....luego segunda semana de noviembre....hasta que decidí concurrir personalmente para hablar seriamente para cuando se me iba a autorizar la intervención quirúrgica.-

IOMA: LA DIMENSIÓN DESCONOCIDA.- EL DR. RELLI: EL HOMBRE SIN ROSTRO.- OFTALMOLOGOS AUDITORES ( EXISTEN ?).-

Ya en IOMA La Plata, concurro al décimo piso, exactamente a la Dirección de Establecimientos Médicos Asitenciales, y pido hablar con el Director, el Dr, Marcelo Relli.- Me comunican que el mismo no se encontraba, QUE ESTABA EN UNA REUNIÓN.-( pensé que era demasiado temprano....pregunté el horario en que lo podría encontrar) la respuesta era incierta....nadie lo sabía¡¡¡.-

La cuestión es que me comunican que mi "autorización" estaría en el mes de enero de 2010...una vez mas, me cambiaban la fecha....pedí hablar con los oftalmologos y me dijeron que no había ninguno...que todos...todos se encontraban en un Congreso....Mala suerte pensé: justo a mi se me ocurrió venir justo cuando el Director estaba en una reunión y los oftalmologos en un Congreso.-

Volví a la ciudad de Mar del Plata, sin mas remedio, que esperar, nuevamente, pero ahora al mes de enero de 2010.-

EL AFILIADO-PACIENTE: REHÉN DEL SISTEMA.-

Ya en enero de 2010, tras dos días de frustrados intentos de comunicarme vía telefónica con IOMA LA PLATA, al número que graciosamente publican en su página web : 0221 429 5900 bajo la simpática denominación "oficina de atención".....llegúe a pensar en esos dos dias que la central de IOMA no existía mas: que en su lugar habían puesto un conservatorio de música, ya que cada vez que llamaba me atendía un contestador, que me decía : un momento por favor....y me ponían una música de flauta, que se repetía y repetía sin parar....en dos días no me pude comunicar.- Eso si, ya estoy preparado para rendir teoría y solfeo de flauta dulce.-


EL TELEFONO QUE NO SIRVE: Comencé a investigar si tenía otros números con los cuales pudiera comunicarme en forma directa con la Direccion de Auditoría y Establecimientos Asitenciales de IOMA La Plata ,y lo consegui.- Es el número 0221 429. 5982.- Ahí los sonidos de la flauta dulce son mas breves......a uno lo atienden....(menos mal... pense: IOMA EXISTE.-

Y desde alli me dicen que mi autorización saldrá en enero...pregunté para cuando, quizás ya atemorizado que la historia del itinerario en bicicleta se reiterara nuevamente, y me dicen que no saben para que momento, razón por la cual me comunican que eso lo decide el oftalmogo.- Pedí hablar con él y me dicen que no había ninguno...igual que antes.-

Llamé nuevamente al otro día, y me pasaron con el interno de oftamologos y nuevamente la flauta dulce....sólo música.-

OTRO TELEFONO DE IOMA: TAMPOCO SIRVE:-

Me dan otro numero telefónico para que me comunicara "directamente con los oftalmolgos que tenian que autorizar mi prestación"...y volví a intentar...pero el teléfono sonaba...no habia ni música...nadie atendia...hasta el de la flauta se había ido.-

La cuestión es que seguí insistiendo y levantaban el tubo y lo dejaban descolgado y nadie respondía...luego siempre ocupado.-

Luego de varios intentos utilizo el numero de mejor suerte, el da la Dirección y los pongo en conocimiento de que nadie atendia y habian descolgado el telefono...le pedí, ya que estaban oficina de por medio que me pongan en comunicación con el oftalmologo, y la empleada me dice : " no señor....no me parece correcto ir a decirle a otra persona de otra oficina que atienda el teléfono....(¿?).... A esta altura del partido, comencé verdaderamente a extrañar al de la flauta.-

Le pedí entonces que me pasar con el Director, el Dr. Marcelo Relli.... pero me dijeron que estaba en una reunión¡¡¡¡¡lo mismo que me habian dicho dos meses antes...

Le pedí el telefono de ése Director....y me dijeron que ese era su telefono, pero que no correspondía que el Dr. Relli, atienda mi reclamo porque lo mio estaba en manos ya del oftalmologo....aclaro que el Dr. Relli, es el Director a cargo de ese lugar......

CONCLUSION: Asi es como esta Obra Medico Asistencial, manejada en su gran mayoría por médicos, que ocupan cargos de Dirección y desicion, se ausentan, totalmente apelando a viejos y conocidos recursos, como el de los teléfonos con flautistas, empleadas que lo único que saben decir es que los Directores siempre estan en una reunión y no lo puede atender....y auditores que descuelgan el teléfono y vaya uno a saber si fue un auditor..tal vez, y seguramente no estaría en el lugar en el cual debería estar.-

Asi la Provincia de Buenos Aires, con sus funcionarios dicen garantizar el derecho a la salud.- Extraña manera de tratar de evitar un amparo judicial....tan extraña que sin dudas, hace que se inicie la acción judicial correspondiente contra dicha Obra Social.-








3 comentarios:

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  2. yo tengo actualmente mi esposo con càncer y afectado por dos acv que lo dejaron absolutamente postrado, la indignaciòn es poco respecto a esta obra social que conel pretexto de "convenios màs que obra social es un "facilitador hacia la muerte segura", para pertenecer -y en forma cautiva- hay que tener plata y salud porque todo te dicen "no tenemos" pero pague y le reintegramos" ........tardan entre 9 meses y un año para darte una mìsera parte.si es que se les antoja- Es digno de ina investigaciòn periodistica con càmaras ocultas ,porque las entidades de gobierno no escuchan- y exponerlo ante la ONU , derechos humanos etc...comenzarè a juntar firmas y todo lo que estè a mi alcance para canalizar la indignaciòn en acciòn y no morir en el intento.- ocuomo@yahoo.com.ar

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  3. Ante todo muchas gracias por compartir esta informacion en su pagina. Debemos hacer muchos amparos por salud para combatir este flagelo. Tenemos que exigir que respenten nuestros derechos

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